Desde la segunda mitad del
siglo XX, se han llevado a cabo diversos proyectos de integración en América
Latina, algunos con mayor éxito que otros. Así, por ejemplo, el 26 de mayo de
1969, se suscribió el Acuerdo de Cartagena, que dio lugar a la Comunidad Andina
(CAN), organismo de integración regional anteriormente conocido como Pacto
Andino. En 1994, los países miembros aprobaron el denominado Arancel Externo
Común Andino, del cual se exceptúa una larga lista de productos[2]. La CAN tiene como
objetivo alcanzar un desarrollo integral, más equilibrado y autónomo, mediante
la integración andina, suramericana y latinoamericana[3].
En el ámbito de la CAN, se
formuló, en el marco del artículo 3 de la Decisión 523, la Estrategia Regional
sobre Biodiversidad, la cual, además de incorporar la cuestión de los
conocimientos tradicionales, estableció que: “Las oportunidades potenciales de mercado para los países de la CAN,
incluyen ecoturismo, comercialización ecológica, biotecnología, desarrollo de
un mercado de exportación para especies nativas, productos forestales no
maderables y mejor uso del Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo de Kioto
sobre Cambio Climático” [4].
Adicionalmente, mediante la Decisión
524, se determinó la creación de la Mesa Permanente sobre Pueblos Indígenas,
cuyo foro tiene previsto tratar asuntos relacionados con biodiversidad,
derechos humanos, salud, educación, entre otros. Además, la Decisión 391, creó
el Comité Andino sobre Recursos Genéticos, reconociendo el papel importante que
cumplen los conocimientos tradicionales relacionados en la conservación y el
manejo de los recursos genéticos y biológicos (Artículo 7)[5].
La Decisión 435, por su
parte, creó el Comité Andino de Autoridades Ambientales (CAAAM), que ha elaborado
los lineamientos para la gestión ambiental y el desarrollo sostenible en la CAN
como guía para las acciones comunitarias relativas a este asunto. Cabe indicar
que, el Comité Andino sobre Recursos Genéticos informa periódicamente de sus
labores al CAAAM. Asimismo, es importante señalar que se viene trabajando en la
formulación de una normativa sobre bioseguridad[6].
Recientemente, los países
miembros de la CAN han venido implementando políticas conjuntas contra la
minería ilegal, por afectar el desarrollo social, humano y ambiental[7]. Como consecuencia de la
dación de la Decisión 774 de 30 de julio de 2012, que aprueba la Política
Andina de Lucha contra la Minería Ilegal, se han venido emitiendo importantes
interpretaciones prejudiciales al respecto (e.g., Proceso 575-IP-2015).
A nivel sudamericano, es
importante también tener en cuenta el proceso de integración del Mercado Común
del Sur (MERCOSUR), iniciado mediante la firma del Tratado de Asunción el 26 de
marzo de 1991. El Protocolo de Ouro Preto, firmado el 16 de diciembre de 1994,
estableció un arancel externo común, y desde 1999 existe una zona libre de aranceles
entre sus integrantes, del cual se exceptúa una lista de productos[8].
El MERCOSUR tiene como
pilares fundamentales los principios de Democracia y de Desarrollo Económico,
impulsando una integración de carácter más humano[9]. Entre sus principios
generales, resulta relevante el referido a la “Optimización de la asignación de recursos para aumentar el alcance de
los resultados de los proyectos de cooperación, estableciendo mecanismos que
prioricen asociaciones con instituciones y especialistas regionales que
permitan una mayor sustentabilidad”[10].
El Parlamento del MERCOSUR cuenta
con una Comisión de Desarrollo Regional Sustentable, Ordenamiento Territorial,
Vivienda, Salud, Medio Ambiente y Turismo, encargada de discutir e informar por
escrito al Plenario sobre temas tales como políticas de integración
sustentable; medio ambiente y saneamiento ambiental; recursos naturales y aguas
transfronterizas; flora, fauna, suelo y problemas de desertificación; cambios
climáticos; entre otros[11].
Adicionalmente, dentro del
Grupo Mercado Común (GMC) del MERCOSUR, existe el Subgrupo de Trabajo n° 6 (SGT
n° 6), el cual actúa bajo los principios de graduabilidad, flexibilidad y
equilibrio, y tiene como objetivo implementar políticas para salvaguardar el desarrollo
sustentable. El SGT nº 6 ha elaborado un acuerdo marco sobre medio ambiente,
reconociendo la necesidad de cooperar en este aspecto, de conformidad con los
principios enunciados en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
de 1992[12].
El SGT n° 6 aprobó la Recomendación
Nº 01/01, la cual fue a su vez aprobada por el Consejo del Mercado Común (CMC) del
MERCOSUR como Decisión CMC Nº 02/01, “Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente”, el
cual tiene por objeto el desarrollo sustentable y la protección del medio
ambiente, mediante la articulación de las dimensiones económicas, sociales y
ambientales, contribuyendo a una mejor calidad del ambiente y de la vida de la
población[13].
Una tercera organización de
integración regional sudamericana que es preciso mencionar es la Unión de
Naciones Sudamericanas (UNASUR), cuyo origen fue la constitución de la
Comunidad Suramericana de Naciones (CSN), el 8 de diciembre de 2004. La UNASUR tiene
entre sus objetivos la integración energética para el aprovechamiento integral,
sostenible y solidario de los recursos de la Región; el desarrollo de una
infraestructura para la interconexión de la Región y entre los pueblos de
acuerdo a criterios de desarrollo social y económico sustentables; y la
protección de la biodiversidad, los recursos hídricos y los ecosistemas; así
como la cooperación en la prevención de las catástrofes y en la lucha contra las
causas y los efectos del cambio climático[14].
Por otra parte, en el marco
del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), que tuvo su origen en la
Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), se instituyó –el
12 de octubre de 1994– la Alianza para el Desarrollo Sostenible (ALIDES), que
consiste en una estrategia integral de desarrollo regional que prioriza cuatro
aspectos: democracia, desarrollo sociocultural, desarrollo económico y manejo
sostenible de los recursos naturales y mejora de la calidad ambiental[15].
En lo que respecta a la
Comunidad y Mercado Común del Caribe (CARICOM), en su carta de la Sociedad
Civil de la Comunidad del Caribe se afirma que cada persona tiene derecho al
medio ambiente, el cual debe ser adecuado para la salud y el bienestar de todo
individuo, correspondiendo su protección y mejora. Además, el CARICOM aprobó un
Programa de Desarrollo Sustentable que tiene como objetivo estratégico la
administración de recursos naturales y de medio ambiente de la región[16].
En relación con la Comunidad
de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), es importante reconocer la
creación de la Alianza para un Desarrollo Sustentable, dirigida a la promoción
de “Inversiones de Calidad Social y Ambiental” instituida en el marco de las
resoluciones CELAC-UE. Asimismo, es importante destacar los avances en materia
de control de la contaminación por mercurio (Declaración de Santiago, I Cumbre
CELAC Santiago de Chile)[17].
Respecto a la Alianza
Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA), cabe comentar que se
asumió un limitado compromiso ambiental y desarrollo sostenible sobre todo en
la medida en que permitirían la pugna con los dogmas neoliberales que le
atribuyen a las iniciativas de dominación de Estados Unidos de América en la
Región. Sin embargo, en la práctica, la ALBA se soporta sobre un recurso
natural no renovable, como es el petróleo, contraviniendo así los postulados de
la Agenda 21. Contrariando de esta manera las indicaciones consideradas en el
marco de los acuerdos en torno al protocolo de Kioto; sin considerar los
impactos que tienen la exploración, extracción, transformación y transporte de
petróleo para la biodiversidad local, que se afirman en el Convenio Marco sobre
Biodiversidad. En suma, pareciera que el derecho a consumir petróleo barato se
ha convertido en la premisa explícita de esta organización, inclusive por
encima al discurso antiimperialista[18].
Cabe destacar
que, en 1992, en el marco de la celebración de la 2° Cumbre Mundial de
Desarrollo y Medio Ambiente en Río de Janeiro, los países latinoamericanos
presentaron un documento conjunto: “Nuestra Propia Agenda”, de carácter
técnico-político, en la que se trató de plasmar una visión regional sobre la
relación ambiente y desarrollo[19]. Finalmente, es preciso finalizar comentando que a efectos de ilustrar la coexistencia, superposición, yuxtaposición, influencia o entrelazamiento de zonas de libre comercio, uniones aduaneras y comunidades económicas, frecuentemente se hace alusión a la metáfora de un plato de espagueti (spaghetti bowl)[19].
[1] El autor es abogado titulado de la PUCP, ex
consultor del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, miembro de la
Asociación de Profesionales Europeos de Patentes (APEB), cuenta además con estudios
en Sciences Po Lyon y Maestrías en Derecho Internacional en París X - Nanterre
y en Propiedad Intelectual en Estrasburgo (CEIPI), publicaciones en varios
idiomas y conferencias realizadas en diversos países, así como un primer
capítulo para el “Manual de Derecho en los Negocios de Thomson Reuters”.
[2] EL TIEMPO, “Lista de 230 productos por fuera
del AEC”, 17 de diciembre de 1994, http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-266791.
[3] CAN, “Somos Comunidad Andina: ¿Qué es la CAN?”,
[4] DE LISIO, Antonio, “Desarrollo sustentable e
integración regional”, Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales:
Caracas, noviembre de 2013, http://library.fes.de/pdf-files/bueros/caracas/10368.pdf.
[5] INDACOCHEA, Juan Manuel,
“Derechos de Propiedad Intelectual Tradicional. La nueva generación de derechos
de Propiedad Intelectual”, en: Ius Inter
Gentes, año 10, nº 10, junio de 2014, pp. 166-194, especialmente pp.
175-176; citado en el Proceso 187-IP-2015, marca: “Tisquesusa”, p.12, http://intranet.comunidadandina.org/documentos/Procesos/187_IP_2015.pdf.
[6] SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR,
“Medio Ambiente en el Mercosur”, Serie Temática, Documento n° 3, julio 2002,
pp. 24-25, http://www.mercosur.int/innovaportal/file/176/1/st_-_3.pdf.
[7] EL TELÉGRAFO, “La CAN privilegia la
seguridad, la salud y el medio ambiente”, 4 de junio de 2012, http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/economia/4/la-can-privilegia-la-seguridad-la-salud-y-el-medio-ambiente.
[8] EL TIEMPO, “Lista de
excepciones para el Mercosur”, 15 de diciembre de 1994, http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-265521.
[9] MERCOSUR, “En pocas palabras: ¿Qué es el
MERCOSUR?”,
[10] MERCOSUR, “Objetivos y Principios”,
[11] PARLAMENTO DEL MERCOSUR, “Desarrollo Regional
Sustentable, Ordenamiento Territorial, Vivienda, Salud, Medio Ambiente y
Turismo”, https://www.parlamentomercosur.org/innovaportal/v/9966/1/parlasur/desarrollo-regional-sustentable-ordenamiento-territorial-vivienda-salud-medio-ambiente-y-turismo.html. Véase, respecto a
las denominadas “econormas”, MERCOSUR, “Medio ambiente”, http://www.mercosur.int/innovaportal/v/6469/7/innova.front/medio-ambiente.
[12] BIANCHET, Johanna, “Desarrollo sustentable en
el MERCOSUR. Un análisis a partir de la forestación.”, en: Debates Latinoamericanos, año 3, n° 4, abril 2005, pp. 7-8, http://revista.rlcu.org.ar/numeros/03-04-Abril-2005/documentos/articulo_Johanna_Bianchet.pdf.
[14] UNASUR, “Objetivos específicos”, http://unasursg.org/es/objetivos-especificos. Véase, respecto a la
problemática en torno a la gestión de los recursos hídricos en los países
miembros de la Unasur, CEPAL, “Recursos naturales en UNASUR: Situación y
tendencias para una agenda de desarrollo regional”, mayo de 2013, pp. 65 y ss.,
http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/3116/1/S2013072_es.pdf.
[15] SICA, “Marco Jurídico del SICA”, http://www.sica.int/sica/marco_j.aspx. Véase también, KINOSHITA,
Fernando, “El Mercado Común Centroamericano en el marco de la integración
Latinoamericana”, Âmbito Jurídico, http://www.ambito-juridico.com.br/site/?n_link=revista_artigos_leitura&artigo_id=5576&revista_caderno=16.
[16] SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR,
“Medio Ambiente en el Mercosur”, Op. Cit.,
p. 25.
[17] DE LISIO, Op.
Cit., p. 8
[18] Ibíd.,
pp. 9-10.